¿Y ahora qué prosigue?

¿Y ahora qué prosigue?

Ahora que los procuradores de la nación y administración enviaron que el artículo 1 de la Ley 406 del  20 de octubre que contiene el contrato firmado entre el Estado y Minera Panamá es inconstitucional, ¿Cuál es el siguiente paso?

De acuerdo con los procedimientos establecidos en el Código Judicial, una vez la Corte de Suprema reciba la respuesta oficial de ambos procuradores, se publicará un edicto por tres días en un periódico de circulación nacional, para que en el término de diez días, contados a partir de la última publicación, el demandante y todas las personas interesadas en el caso presenten sus argumentos por escrito a través de abogado.

Vencido el término anterior, los magistrados sustanciadores examinarán todos los escritos que se hayan presentado y procederán a confeccionar un proyecto de decisión que pondrán a consideración de las magistradas y los magistrados que conforman la Corte Suprema de Justicia, quienes podrán presentar observaciones y consideraciones que serán analizadas en sesión del Pleno. (Ver video con explicación completa del proceso).

En el caso del procurador de la Administración, Rigoberto González, éste enumeró 7 razones por las cuales, consideró que el artículo uno de la ley demandada, es inconstitucional. Entre los puntos enumerados por el funcionario están la falta de una consulta pública que brindará a la población la información detallada del contrato, así como la falta de un análisis detallado del contrato por parte de los diputados de la Asamblea Nacional.

González también considera que el contrato infringe la constitución panameña porque restringe el acceso a la justicia «especialmente porque la naturaleza del contrato de concesión, conlleva un importante impacto ambiental, que contraviene la Ley 125 de 4 de febrero de 2020, cuya inadecuada aplicación vulnera el artículo 4.  Igualmente, el procurador determinó que las cláusulas que comprometen el espacio aéreo, las tierras y otros bienes que no pueden ser objeto de apropiación privada, así como las relacionadas con la apropiación de bienes por parte de estados extranjeros, son inconstitucionales.

Todavía falta que González y el procurador de la Nación, Javier Caraballo, emitan su opinión sobre otras 7 demandas de inconstitucionalidad admitidas por la Corte Suprema de Justicia. González, señaló que es probable que antes que finalice el año, los magistrados de la Corte se pronuncien sobre una de las primeras demandas aceptadas.  Paralelo al proceso en la Corte, los diputados trabajan a toda marcha para aprobar la normativa que permitiría al Tribunal Electoral realizar la consulta pública solicitada por el Presidente, Laurentino Cortizo, para el 17 de diciembre, donde se pretende que la población apruebe o no, el contrato.

Los magistrados del Tribunal advirtieron que no existe el tiempo para realizar dicha consulta, pero cumplirán con la orden de hacer la consulta, de aprobarse una ley que así lo establezca.

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