Buscan que distribuidoras cubran todos los daños por fluctuaciones y que ASEP revise primero los reclamos

Buscan que distribuidoras cubran todos los daños por fluctuaciones y que ASEP revise primero los reclamos

La subcomisión establecida por la Comisión de Comercio y Asuntos Económicos de la Asamblea Nacional terminó este martes 19 de marzo de revisar los cambios que se pretenden hacer a la Ley 6 de 3 de febrero de 1997, por la cual se dicta el Marco Regulatorio e Institucional para la prestación del servicio público de Electricidad.

Entre las modificaciones establecidas en el proyecto de ley 1119, y que cuentan con el visto bueno de la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos (ASEP), se incluye que las empresas, además de cubrir el costo de los equipos que resulten dañados por fluctuaciones eléctricas, también deben asumir gastos de instalación u otros gastos que deba incurrir el cliente para reemplazar el bien dañado.

Igualmente, el proyecto buscará que los reclamos que interpongan los clientes por mal servicio sean presentados en una primera instancia ante la ASEP y que no sea la empresa distribuidora la que, en primera instancia, revise dicho reclamo.

Ana González, abogada de la Dirección de Asesoría Legal de la Asep, comentó que uno de los principales reclamos de los clientes del servicio eléctrico es que deben incurrir en otros gastos cuando deben reemplazar un artefacto eléctrico dañado por las fluctuaciones, así como el tiempo que demoran las empresas en responder a los reclamos.

Otro cambio que se pretende hacer a la Ley 6 es que las compañías tendrán 15 días para responder a los clientes, y de no hacerlo, automáticamente se fallará a favor del consumidor.

Actualmente, en Panamá, ENSA, Edemet y Edechi tienen concesiones para la distribución de energía eléctrica. Edemet y Edechi son parte del grupo español Gas Natural Fenosa. ENSA distribuye energía eléctrica en Panamá Este, Colón, Darién, la Comarca Kuna Yala y las Islas del Pacífico; el resto del territorio es atendido por las filiales españolas. La concesión de las empresas distribuidoras vence en 2028.

El anteproyecto también buscaba eliminar el tope máximo a la autogeneración, que actualmente es del 2%, pero al final se llegó al consenso de abordar este tema en la reglamentación del documento final.

La funcionaria de la ASEP adelantó que la institución ya trabaja en un cambio de la normativa para elevar el tope máximo fijado para la autogeneración, aunque el diputado independiente, Juan Diego Vásquez, es de la opinión de que deben eliminarse cualquier tope a la autogeneración y comentó que la ASEP no tendría que regular aquellos clientes que no están conectados a la red eléctrica y que hacen la inversión para proveerse de energía.

Otro cambio que se incluirá en el informe final que entregará la subcomisión presidida por el diputado Roberto Ábrego es limitar la operación de las empresas distribuidoras y no permitir que, a través de otras figuras jurídicas, también participen en cualquier actividad vinculada con la generación o venta de equipos como paneles solares, entre otros, utilizados para el autoconsumo.

Igualmente, se presentará la modificación para que las compañías eléctricas solo facturen por el consumo real de los clientes, no utilicen la estimación basada en el consumo promedio de las personas o empresas.

El anteproyecto también busca reducir las opciones que tienen actualmente las empresas distribuidoras a través de recursos legales para evitar ser sancionadas. Igualmente, se pretende crear un fondo para dar mantenimiento a la red actual y futura, y evitar que retrasos en otros pagos, como la recolección de la basura, se utilicen para realizar cortes del servicio.

Ábrego comentó que se procederá a redactar el informe final que será entregado a los diputados de la comisión para realizar el primer debate del documento.

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